PRONUNCIAMIENTO
LAS AUTORIDADES DE SALUD DEBEN RESPETAR EL DERECHO DE LAS MUJRES Y RECIEN NACIDOS A ATENCION DE SALUD DE CALIDAD: OBSTETRAS DEL PERU VEN AMENAZADAS SUS FUNCIONES EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
Gran marcha nacional: JUEVES 14 de ABRIL de 2011 a las 09.00 am.
Concentración: Campo de Marte
El Colegio de Obstetras del Perú (COP), Colegio Regional III Lima-Callao, Federación Nacional de Obstetras del Ministerio de Salud del Perú, Sindicato Nacional de Obstetras de ESSALUD y los gremios estudiantiles, se dirigen a la población, autoridades, trabajadores y profesionales para manifestar su indignación y rechazo por la sistemática exclusión, discriminación profesional e incumplimiento de las normas técnicas por ciertos funcionarios del Ministerio de Salud y ESSALUD y, por las coincidentes intromisiones de las autoridades gremiales de enfermería en relación a las competencias de las y los Obstetras en la atención de salud de las gestantes, el recién nacido, la familia y la comunidad, afectando con ello el desempeño de nuestras funciones en los establecimientos de salud y lo que es más importante, la calidad de atención de la población.
La falta de actualización y aprobación de las normas sobre Atención Materno Perinatal, así como de los Programas de Estimulación Prenatal y las de Psicoprofilaxis Obstétrica, impidiendo su incorporación en el SIS y su asignación presupuestal. La falta de atención al reclamo de la denominación de las Unidades Orgánicas de Obstetricia conforme a ley; así como nuestra demanda sobre categorización de los establecimientos de salud (EESS) que dejaban a la población más pobre sin atención especializada de los Obstetras, son algunas de las demandas y llamadas de atención que hemos venido presentando a las autoridades de salud.
En acto sorprendente, el MINSA, el 18-03-11, emite la RM Nº 178-2011/MINSA, referida a Definiciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Estratégicos (PPR), alejándose de la naturaleza de la propia norma y, en forma encubierta, pretende retirar las funciones del Obstetra en la atención del recién nacido (Establecidas por Ley Nº 27853 y DS.008-2003-SA) desconociendo nuestras competencias y el interés superior de mujeres y niños al más alto nivel de calidad en atención de su salud.
Lo mismo ocurre en ESSALUD, que mediante los Lineamientos 2011, informes y opiniones, desconocen nuestro rango de profesión médica, excluyendo o desconociendo al Obstetra de algunos niveles de atención.
POR TANTO: en vista que las autoridades, vienen emitiendo normas contrarias al ordenamiento jurídico, académico y respecto al perfil profesional de las y los Obstetras, nos vemos en la urgencia de ejercer nuestros derechos de petición, reclamo y protesta pacífica, consagrados en la Constitución Política y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; para lo cual pedimos por este medio a la ciudadanía y a las autoridades competentes lo siguiente:
1. Ser atendidos en nuestras demandas por el Ministro de Salud y el Presidente Ejecutivo de ESSALUD.
2. El cese inmediato de todo acto contrario a las normas, que altera el clima laboral y la buena atención de la población.
3. La intervención y observación inmediata por parte de las autoridades a la emisión de normas sin respetar el derecho de la población y que atentan contra la profesión de Obstetricia que viene hace casi dos siglos acompañando los nacimiento y el desarrollo de los peruanos.
4. La inclusión de un profesional de Obstetricia en las áreas de Dirección del MINSA y ESSALUD y en particular la Dirección General de Salud de las Personas, desde donde se genera la normatividad del sector
5. La modificación de las resoluciones y normativas en los aspectos que afectan a la población y a los derechos de la profesión de Obstetricia, respetando el perfil profesional y disponiendo el cumplimiento de las funciones, especialmente en la atención del parto y el recién nacido, el puerperio, el alto riego obstétrico, las unidades de atención intensiva a la paciente obstétrica, la atención, la provisión y administración de métodos anticonceptivos, la prevención del Cáncer ginecológico, entre otros.
6. Respeto a la Ley Nº 27853 y, consideración de la participación del COP en la formulación, evaluación y ejecución de políticas generales, normas y estándares de calidad inherentes a su profesión.
Como profesionales, ratificamos nuestro único interés de ponernos al servicio de la salud de las y los peruanos.
Gran marcha nacional: JUEVES 14 de ABRIL de 2011 a las 09.00 am.
Concentración: Campo de Marte
Lima, 09 de abril de 2011
Obsta. Rosa Elena Lara Valderrama
Decana Nacional
Hernán Sumari Orcasistas
Segundo Vocal Nacional
Obsta. Rocío Gutiérrez Rodríguez
Vicedecana Regional CRO III Lima-Callao
Obsta. Dany Felix Naupari
Segunda Vocal Regional.
Obsta. Bertha Pinto Villar
Obsta. Bertha Pinto Villar
Sindicato Nacional de Obstetras de ESSALUD;
Obsta. Margarita Pérez Silva
Federación Nacional de Obstetras del Ministerio de Salud del Perú,
Gremios estudiantiles